¿La confesión ha sido inventada por la Iglesia?

¿Cómo puedo responder a los que me dicen que la confesión ha sido inventada por la Iglesia y por los curas?

I. El sacramento de la penitencia fue instituido por el mismo Cristo

1º Así lo enseña la Iglesia al condenar a todo el que dijere «que la penitencia en la Iglesia católica no es verdadero y propiamente sacramento instituido por Cristo Señor»[1]. En la Sagrada Escritura consta que Nuestro Señor Jesucristo no sólo perdonó los pecados a muchos de los que se acercaron a Él (Zaqueo, la mujer adúltera, la pecadora de la que expulsó siete demonios, etc.[2]) sino que confirió a la Iglesia el poder de perdonar los pecados. En San Mateo dice a sus apóstoles: En verdad os digo, cuanto atareis en la tierra, será atado en el cielo y cuanto desatareis en la tierra será desatado en el cielo (Mt 18,18). En el Evangelio de San Juan: Recibid el Espíritu Santo; a quien perdonareis los pecados, les serán perdonados, a quien se los retuviereis, les serán retenidos (Jn 20,22‐23).

La Sagrada Escritura nos testimonia también que los apóstoles y sus discípulos ejercieron este ministerio. Así, por ejemplo, dice San Pablo: Cristo nos ha reconciliado consigo y nos ha confiado el misterio de la reconciliación (2 Co 5,18). Por otra parte, en varios lugares de los Hechos de los Apóstoles y de las Epístolas de San Pablo aparecen los apóstoles ejerciendo la potestad de atar y desatar (cf. 1 Co 5,3‐5; 2 Co 2,6‐11; etc.).

La razón de esta institución es fácil de comprender: nosotros somos pobres pecadores, y en cuanto tales necesitamos un sacramento por el que se nos perdonen los pecados cometidos después del bautismo.

2º Por otra parte, no puede ser una creación de los hombres. Esto lo podemos ver por varias razones de sentido común:

  • Por la dificultad que entraña el extender a todo el mundo, y durante tantos siglos una práctica que tanto repugna al amor propio. Si fuera obra humana, no habría prosperado.
  • Por la oposición decidida que hubiesen hecho los primeros cristianos si alguien hubiese querido introducir como necesaria la confesión, de no ser ésta instituida por Cristo mismo.
  • Además, ¿qué provecho material hubiesen podido obtener los inventores de la confesión? Ninguno. Solamente trabajo pesado e ingrato.
  • Por otra parte, si los sacerdotes hubiesen inventado la confesión, se habrían declarado a sí mismos exentos de tal práctica (el que impone los tributos no los paga), y sin embargo, son los primeros obligados a la práctica de confesar sus pecados.

II. La confesión de los pecados (el decir los pecados al sacerdote) tampoco es un invento de los sacerdotes

Alguien podría suponer que Jesucristo sólo instituyó que los apóstoles y sus sucesores «perdonasen» los pecados, pero no que para esto «tuviesen que escuchar en confesión los pecados de los penitentes». Por eso debemos añadir que la «confesión de los pecados», es decir, «la acusación del penitente de sus propios pecados ante el sacerdote legítimo», también es de derecho divino, si bien su práctica se difundió con el correr de los siglos[3].

Ante todo, la Iglesia insiste repetidamente sobre tal necesidad; y la impone obligatoriamente a todos los hombres dotados de uso de razón, es decir, a los posibles pecadores, al menos una vez al año[4].

«La confesión de los pecados hecha al sacerdote constituye una parte esencial del sacramento de la penitencia», dice el Catecismo[5]. El motivo es que la confesión es un juicio formal, aunque sin fiscal ni testigos. Pero para que el juez dictamine es necesario que conozca la causa con toda precisión; y sólo después de eso ha de absolverle el juez, no sin antes imponerle la pena. Pero para proceder con rectitud a modo de juicio, el juez necesita conocer la causa sobre la que va a dictar sentencia, y ello no de una manera confusa y global, sino con todo detalle y precisión. Y como en este juicio sacramental no hay fiscal ni acusador, no cabe otra solución que la confesión explícita y directa del propio reo. Por tanto, la confesión de los pecados es una consecuencia inevitable que brota de la institución del sacramento por Jesucristo a modo de juicio. Es decir, está implícito en el mismo mandato de atar y desatar los pecados dado por Cristo a los Apóstoles (cf. Jn 20,22‐23). ¿De qué otro modo podrían «atar» los pecados de uno (¡y con consecuencias para la vida eterna!) y «desatar» los de otro? ¡Evidentemente no puede quedar librado al capricho del sacerdote! Para poder ejercer este oficio, el sacerdote debe saber qué pecados son, qué arrepentimiento hay y qué propósito de enmienda tiene el penitente. ¿De qué otra manera puede cumplir esta orden de Jesucristo sino es por propia confesión del penitente?

III. Algunas dudas que suelen plantearse acerca de la confesión

Finalmente no viene mal enumerar las principales dudas u objeciones que, sobre este tema, suelen poner personas de otras religiones a los católicos[6]:

1º ¿En qué se basan los católicos para decir que los sacerdotes pueden perdonar los pecados?

La Iglesia Católica lee con atención toda la Biblia y acepta la autoridad divina que Jesús dejó en manos de los Doce apóstoles y sus legítimos sucesores. Esto ya lo expusimos más arriba. Ahora bien, los apóstoles murieron y, como Cristo quería que ese don llegara a todas las personas de todos los tiempos, se deduce que el poder que les dio debía ser transmisible, es decir, que de ellos pudiera pasar a sus sucesores. Y así los sucesores de los apóstoles, los obispos, lo delegaron a «presbíteros», o sea, a los sacerdotes. Estos tienen hoy el poder que Jesús dio a sus apóstoles.

2º ¿Para qué decir los pecados a un sacerdote, si Jesús simplemente los perdonaba?

Es verdad que Jesús perdonaba los pecados sin escuchar una confesión. Pero el Maestro divino leía claramente en los corazones de la gente, y sabía perfectamente quiénes estaban dispuestos a recibir el perdón y quiénes no. Jesús no necesitaba la confesión de los pecados por su ciencia singular por la cual sabía lo que hay dentro del hombre (Jn 2,25). Ahora bien, como el pecado toca a Dios, a la comunidad y a toda la Iglesia de Cristo, por eso Jesús quería que el camino de la reconciliación pasara por la Iglesia que está representada por sus obispos y sacerdotes. Y como los obispos y sacerdotes no leen en los corazones de los pecadores, es lógico que el pecador tiene que manifestar los pecados. No basta una oración a Dios en el silencio de nuestra intimidad.

3º «Pero el sacerdote es pecador como nosotros», dicen algunos.

También los Doce apóstoles eran pecadores y sin embargo Jesús les dio poder para perdonar pecados. El sacerdote es humano y dice todos los días: «Yo pecador» y la Escritura dice: Si alguien dice que no ha pecado, es un mentiroso (1Jn 1,8). El sacerdote perdona los pecados por una sola razón: porque recibió de Jesucristo el poder de hacerlo; no porque él sea una persona extraordinaria o porque él mismo no tenga pecados. Además, el sacerdote concede el perdón en el nombre de Dios Uno y Trino, y no en el propio.

 ¿Qué otras diferencias hay entre católicos y protestantes acerca de la confesión?

El protestante comete pecados, ora a Dios, pide perdón, y dice que Dios lo perdona. Pero ¿cómo sabe que, efectivamente, Dios le ha perdonado? Muy difícilmente queda seguro de haber sido perdonado. En cambio el católico, después de una confesión bien hecha, cuando el sacerdote levanta su mano consagrada y le dice: «Yo te absuelvo en el nombre del Padre…», queda con plena certeza de haber sido perdonado. Por eso decía un nocatólico: «Yo envidio a los católicos. Yo cuando peco, pido perdón a Dios, pero no estoy muy seguro de si he sido perdonado o no. En cambio el católico queda tan seguro del perdón que esa paz no la he visto en ninguna otra religión». En verdad, la confesión es el mejor remedio para obtener la paz del alma.

Bibliografía para profundizar:

JUAN PABLO II, Exhortación Reconciliatio et poenitentia.

BAUR, BENEDIKT, La confesión frecuente, Herder, Barcelona 1974.

[1] Denzinger‐Hünermann, n. 1701.

[2] Cf. Mt 2,5; Lc 7,47; Jn 8,1 ss., etc.

[3] Una breve historia de la práctica de la penitencia sacramental se puede leer en el Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1447.

[4] Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1457; Código de Derecho Canónico, c. 989.

[5] Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1456.

[6] Tomo este punto de PP. Paulo Dierckx y Miguel Jordá, Para dar razón de nuestra esperanza sepa defender su fe, Apostolado del libro, P. Miguel Jordá F. 8571492.

 

P. Miguel A. Fuentes, IVE   http://www.teologoresponde.org

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